Protección y bienestar animal
Ley Federal de Sanidad Animal · Ley de Organizaciones Ganaderas
Qué propone
Garantizar integralmente la protección y el bienestar animal como principios rectores transversales de las políticas zoosanitarias. Sustituir la denominación de sacrificio por matanza Cambiar Distrito Federal por Ciudad de México. Incorporar las definiciones de Animal y de Bienestar animal. Cambiar en la definición de establecimientos de sacrifican animales por eutanasia o realiza la matanza de animales, así como que estos sean destinados por consumo humano. Asegurar la inmunización contra enfermedades, plagas transmisibles y el acceso a alimentación adecuada, agua limpia, higiene, albergue, condiciones apropiadas de movilidad y enriquecimiento ambiental. Integrar en los ordenamientos la protección y el bienestar de los animales, observar los principios de reemplazo, reducción y refinamiento, privilegiando métodos alternativos, principios y metodologías científicamente validadas, responsabilidad ética y legal de velar activamente por el bienestar de los animales, condiciones sanitarias, mayor productividad, sostenibilidad y beneficios económicos, en armonía con los principios de bioética, salud pública y desarrollo sustentable. Garantizar que las personas responsables de animales domésticos o silvestres tengan la obligación de dar protección y el bienestar integral en condiciones óptimas que satisfagan sus necesidades físicas, emocionales y comportamentales. Dar cumplimiento a los cinco dominios del bienestar animal. Promover por parte de la Secretaría de Salud establecimientos de matanza de animales y de procesamiento de bienes de origen animal que obtengan el carácter de Tipo Inspección Federal. Establecer que los establecimientos TIF, deberán tener durante las horas laborables un médico veterinario. Instaurar que las solicitudes de autorización y avisos deberán considerar el cumplimiento de los cinco dominios del bienestar animal. Incluir en las infracciones el incumplimiento de la regulación en materia de eutanasia. Imponer las mismas penas a quienes, de manera dolosa o reiterada, cause sufrimiento innecesario a los animales. Cambiar el nombre de Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación por Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Cambiar el significado de Actividad Ganadera, orientado al aprovechamiento sostenible de especies animales orientadas a la obtención de recursos, garantizando la protección y bienestar integral animal. Agregar la definición de Animal y Bienestar animal. Establecer que las organizaciones ganaderas prioricen la protección y el bienestar animal en las fases del proceso productivo, el bienestar animal, en la colaboración con la Secretaría en la materia de sanidad animal y las buenas prácticas ganaderas. Adoptar de las organizaciones ganaderas, el cumplimiento de los cinco dominios del bienestar animal en todas las etapas de producción, reproducción, manejo, transporte, comercialización, matanza o, en su caso, eutanasia. Instituir que la movilización de ganado que se efectúe en la República Mexicana con motivos de transmisión de propiedad o con cualquier otro propósito, deberá cumplir con los cinco dominios del bienestar animal durante el transporte. Agregar en los servicios técnicos, estímulos y demás apoyos, la capacitación, implementación y supervisión de buenas prácticas. Cancelar el registro a las organizaciones ganaderas en caso de reincidencia, que no desempeñen con diligencia y responsabilidad las actividades de coadyuvancia en materia de sanidad y bienestar animal o por omisiones o incumplimientos hayan generado afectaciones graves a bienestar animal y a la salud pública.
Resumen oficial de la Cámara de Diputados.
En qué va
Documento oficial
Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal y de la Ley de Organizaciones Ganaderas, en materia de protección y bienestar animal
Documento y fuentes
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