Acecho
Código Penal Federal · Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Qué propone
Incorporar el delito de acecho el cual se define como quien en más de dos ocasiones de manera deliberada siga, observe, vigile acose o mantenga comunicación insistente con otra persona ya sea en persona o por medios tecnológicos, se le impondrá una pena de tres meses a dos años de prisión y de 500 a 1000 días multa. Agregar los casos en que se agravaran y se incrementaran las penas. Prever que las autoridades deberán implementar de manera inmediata medidas u órdenes de protección para las víctimas.
Resumen oficial de la Cámara de Diputados.
En qué va
Documento oficial
Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de acecho.
Documento y fuentes
Otras versiones de esta iniciativa
Tratan el mismo tema en otra ley o en otra fecha.
Más sobre este tema
¿Buscas información sobre un tema?
Consulta una iniciativa, su documento oficial o los canales institucionales de la oficina legislativa.