Protección frente al reclutamiento de menores
Código Penal Federal
Qué propone
Establecer que, comete el delito de reclutamiento de menores quien, de forma organizada o estructurada, reclute, incite, integre o induzca a una o varias personas menores de dieciocho años, o a personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, para participar en actividades delictivas y/o formar parte de una asociación delictuosa, ya sea directa o indirectamente. Incrementar la pena de diez a veinte años de prisión y multa de quinientos a mil días cuando el reclutamiento sea acompañado de coacción, engaño o violencia física o psicológica; utilizar medios digitales o cualquier tecnología para captar o manipular a los menores. Considerar que la participación en actividades delictivas que impliquen delitos graves, como aquellos contra la salud, trata de personas, secuestro o cualquier delito que involucre violencia extrema. Añadir que, en todos los casos, se considerará como agravante si la actividad delictiva es parte de una estructura organizada o si el menor es obligado a participar mediante el uso de cualquier tipo de intimidación.
Resumen oficial de la Cámara de Diputados.
En qué va
Documento oficial
Proyecto de decreto que deroga el inciso e) del artículo 201 y adiciona un artículo 201 Bis 1 al Código Penal Federal.
Documento y fuentes
Otras versiones de esta iniciativa
Tratan el mismo tema en otra ley o en otra fecha.
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